Fecha de publicación
06/02/2024

Autor
Administración

Próximamente Asamblea Presencial Ordinaria de Copropietarios 2024

La importancia de asistir a la Asamblea de copropietarios

Informamos a todos los copropietarios del Conjunto Residencial Atika que en los próximos días estaremos confirmando la fecha, lugar y hora a desarrollar la Asamblea General Presencial Ordinaria de copropietarios para el año 2024, a través de la página web se subirán los informes a considerarse.

Recordemos las funciones de la Asamblea General:

1. Crear los cargos que estime necesarios y señalar sus asignaciones

1. Aprobar o improbar los estados financieros y el presupuesto anual de ingresos y gastos que deberán someter a su consideración el Consejo Administrativo y el Administrador. 

2. Nombrar y remover libremente a los miembros del comité de convivencia para períodos de un año, en los edificios o conjuntos de uso residencial.

3. Aprobar el presupuesto anual del edificio o conjunto y las cuotas para atender las expensas ordinarias o extraordinarias, así como incrementar el fondo de imprevistos, cuando fuere el caso. 

4. Elegir y remover los miembros del consejo de administración y, cuando exista, al Revisor Fiscal y su suplente, para los períodos establecidos en el reglamento de propiedad horizontal, que en su defecto, será de un año. 

5. Aprobar las reformas al reglamento de propiedad horizontal. 

6. Decidir la desafectación de bienes comunes no esenciales, y autorizar su venta o división, cuando fuere el caso, y decidir, en caso de duda, sobre el carácter esencial o no de un bien común.

7. Decidir la reconstrucción del edificio o conjunto, de conformidad con lo previsto en la presente ley. 

8. Decidir,  salvo en el caso que corresponda al consejo de administración, sobre la procedencia de sanciones por incumplimiento de las obligaciones previstas en esta ley y en el reglamento de propiedad horizontal, con observancia del debido proceso y del derecho de defensa consagrado para el caso en el respectivo reglamento de propiedad horizontal. 10. Aprobar la disolución y liquidación de la persona Jurídica. 

9. Otorgar autorización al administrador para realizar cualquier erogación con cargo al Fondo de Imprevistos de que trata la presente ley.

 10. Las demás funciones fijadas en esta ley, en los decretos reglamentarios de la misma, y en el reglamento de propiedad horizont

 

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